El Ministerio del Trabajo de Ecuador ha implementado el acuerdo ministerial MDT-2025-053, que reduce de 30 a 15 días el plazo para que los empleadores registren el acta de finiquito y paguen la liquidación correspondiente al extrabajador. Este cambio busca agilizar los procesos de terminación laboral y garantizar el cumplimiento oportuno de las obligaciones patronales. Además, se establece que el acta de finiquito debe estar firmada por ambas partes y acompañada del comprobante de pago en formato PDF al momento de su registro en el sistema del Ministerio del Trabajo.
En situaciones donde el extrabajador no se presente a cobrar su liquidación o rechace el pago, el empleador dispone de un plazo adicional de 15 días para realizar la consignación en línea de los valores adeudados. Este procedimiento asegura que los fondos estén disponibles para el trabajador, incluso si no se concreta la entrega directa. Con estas modificaciones, el tiempo total para cumplir con el pago de liquidaciones se reduce de 45 a 30 días.
Expertos en derecho laboral, como la abogada Vanessa Velásquez, señalan que estas reformas fortalecen la protección de los derechos de los trabajadores al establecer plazos más estrictos para el cumplimiento de las obligaciones patronales. Sin embargo, también advierten que la efectividad de estas medidas dependerá de la supervisión y aplicación por parte de las autoridades laborales, ya que, en la práctica, no siempre se exige el cumplimiento riguroso de los plazos establecidos.