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Desde el 20 de agosto de 2025, Ecuador aplica la novedosa exoneración 2×2 para envíos internacionales, establecida mediante el Decreto Ejecutivo N.º 82. Bajo esta normativa, únicamente están exentos del pago de impuestos los paquetes postales que pesen hasta 2 kilogramos y cuyo valor no supere los USD 2. La simplificación busca justificar importaciones personales menores al tiempo que limita posibles abusos.


Cualquier envío que supere los parámetros establecidos—ya sea por peso o valor—debe declararse ante la aduana y está sujeto a las tarifas habituales, lo cual implica el arancel estándar de USD 20 por paquete, ya sea en el régimen regular o en la modalidad 4×4. Precisamente, las autoridades aclararon que el régimen 4×4 continúa vigente sin modificaciones, aplicable tanto a operadores postales públicos como privados (couriers), con un tope de 4 kg o USD 400.

El Gobierno ecuatoriano argumenta que esta regulación tiene como fin ordenar las importaciones menores, brindar mayor claridad y equidad normativa, así como proteger la producción nacional y reforzar la seguridad logística. La medida se da en un contexto de crecimiento exponencial del comercio electrónico: entre 2020 y 2024, las importaciones de paquetería pequeña aumentaron un 392 %, pasando de aproximadamente USD 102,7 millones a USD 502 millones.

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